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Publicado por carlos - 23/08/2010 a las 22:32:14

Un tipo especial de los seguros de comunidades de propietarios es el seguro de propietario de edificios de vivienda cuando existe un único propietario de todo el edificio. Este tipo de seguro lo comercializa la compañía de seguros MAPFRE. El seguro de propietario de edificios de MAPFRE incluye las garantías de asistencia, defensa jurídica e impago de alquileres, coberturas muy útiles para el asegurado.
DAÑOS MATERIALES:
* Incendio y otros daños:
o Incendio, explosión o implosión.
o Humo de origen accidental.
o Caída de rayos.
o Fenómenos atmosféricos (lluvia, viento, pedrisco o granizo y nieve)
o Única compañía del mercado que cubre el hundimiento accidental del terreno por obras ajenas al inmueble asegurado.
o Choque o impacto de vehículos, aeronaves u otros objetos y ondas sónicas o turbulencias producidas por ellos.
o Actos Vandálicos.
o Daños de origen eléctrico.
o Inundaciones.
* Daños por agua:
o Daños en los bienes asegurados.
o Localización de averías y reparación de tuberías.
* Roturas:
o Cristales, lunas, espejos y vidrieras.
o Fregaderos y aparatos sanitarios fijos.
o Muebles de metacrilato, mesas de mármol, granito, piedra o minerales análogos.
o Placas de cocina en materiales cerámicos vitrificados.
ROBO:
* Robo y daños por esta causa.
* Hurto.
* Sustitución de llaves y cerraduras en caso de robo o extravío (incluso viviendas particulares).
* Robo de dinero en efectivo y cheques durante su transporte a una entidad Bancaria.
* Robo dentro del recinto asegurado de los bienes portados por los copropietarios, inquilinos, familiares y personas que convivan con ellos:
o Ropa y efectos personales.
o Reobtención de documentos.
o Joyas y alhajas.
o Dinero en efectivo.
o Cheques (cobro indebido).
o Tarjetas de crédito (uso fraudulento o extravío)
o Asistencia sanitaria urgente.
DAÑOS ESTÉTICOS: Gastos de reparación o reposición necesarios para restaurar la coherencia estética que el bien dañado tenía antes de la ocurrencia del siniestro.
PRESTACIONES ESPECIALES:
* Inhabitabilidad del edificio:
o Alojamiento provisional en un hotel.
o Alquiler de una vivienda o local provisional.
* Otros perjuicios:
o Salvamento, desescombro y extracción de lodos.
o Daños a los bienes asegurados por las medidas adoptadas para extinguir o contener el siniestro.
o Gastos de extinción
RESPONSABILIDAD CIVIL: Indemnizaciones y fianzas. Costes judiciales y dirección jurídica.
COBERTURAS ESPECIALES: Responsabilidad civil copropietarios:
o Indemnización y fianzas, costes judiciales y dirección jurídica derivados de reclamaciones.
o Entre copropietarios en su condición de poseedores de viviendas o locales del edificio.
DEFENSA JURIDICA: Costas judiciales, dirección jurídica y gastos conexos. Procedimientos amparados:
o Reclamación de daños y perjuicios
o Derecho laboral
o Derechos relativos al edificio
o Defensa penal
o Reclamación de pago de cuotas comunitarias
Servicio telefónico de orientación jurídica.
ASISTENCIA EN EL EDIFICIO: Servicio telefónico orientación administrativa del edificio. Profesionales para la realización de reformas y otras reparaciones. Información estadística de la póliza.
IMPAGO DE ALQULERES: Garantizamos las rentas de alquiler durante 12 meses desde la comunicación del segundo impago. Tiempo más que suficiente para la tramitación del desahucio por falta de pago del inquilino.
DEFENSA JURIDICA DEL ARRENDADOR: Ponemos a tu disposición un equipo de abogados para tu defensa jurídica, incluido desahucio. Serán ellos los que se preocupen de resolver los conflictos con el inquilino.
ACTOS VANDALICOS PRODUCIDOS POR EL INQUILINO: Te cubrimos los desperfectos que el inquilino pueda causar por actos vandálicos, para que mantengas las viviendas en las mejores condiciones.
Calcula tu seguro en la web de MAPFRE o llama al
902 03 02 03.
Publicado por Fabian - 17/07/2010 a las 00:53:48

La forma de vivir actualmente ha llevado a que existan cada vez más comunidades de vecinos, estas comunidades de propietarios requieren de seguros de comunidades que les ofrezcan garantías y coberturas actuales.
En este tipo de seguros, santalucía cuenta con “Seguros de Comunidades”, este es un seguro definido como “Seguro Combinado de Edificios y Comunidades” con todas las garantías que requieren este tipo de comunidades.
Garantías:
Daños por:
-Incendio
-Rayo
-Explosión
-Implosión
-Autoexplosión
-Efectos secundarios.
-Electricidad
-Humo
-Viento
-Pedrisco y nieve.
-Gastos de salvamento
-Demolición
-Desescombro y extinción.
-Daños por agua
-Gastos de localización
-Reparación de la avería.
Rotura de:
-Lunas
-Espejos
-Cristales
-Metacrilatos
-Gastos de instalación.
-Desalojo forzoso del edificio
-Pérdida de rentas en pisos y locales de alquiler.
-Responsabilidad civil
-Indemnizaciones a terceros
-Gastos de defensa jurídica
-Pago de costas
-Gastos judiciales o extrajudiciales
-Constitución de fianzas.
-Protección jurídica integral
-Asistencia jurídica telefónica especializada
-Reclamación del pago de cuotas de comunidad
-Reclamación de daños
-Defensa penal
-Derecho Administrativo, Civil y Laboral.
También se ofrece Conexión con profesionales reparadores, además del coste del primer desplazamiento de este.
Daños por:
-Colisión de vehículos
-Ondas sónicas
-Actos de vandalismo
-Robo, atraco o expoliación
-Reparación de desperfectos.
-Reconstrucción de jardines.
-Caída de árboles, postes y antenas.
Malversación de fondos comunitarios ocasionados por los miembros de la Junta Rectora de la comunidad y empleados que los recibieran en depósito.
Reposición de documentos públicos perdidos debido a siniestros que figuren en la póliza.
-Red de asistencia a su servicio.
-Ventajas en caso que el edificio tenga menos de 3 años.
El Contenido propiedad del Asegurado, estará garantizado hasta en el 1% del valor del Continente.
Publicado por Fabian - 15/07/2010 a las 00:27:59

Por que las comunidades de vecinos y comunidades de propietarios también requieren de seguros ya que están tan expuestos a diversas eventualidades como cualquier dueño de una vivienda. Y ocaso pone a disposición uno de los recientes seguros de comunidades.
Ya que el edificio en el que se encuentran la vivienda conforma parte del hogar extendiéndose a las zonas que son compartidas con los vecinos. Ocaso Comunidades ofrece garantías y coberturas que se ocupan de los sitios en común, además de ofrecerles el Servicio Asistencia 24.
Garantías Básicas:
-Daños materiales.
-Incendio, explosión y caída de rayo.
-Daños por humo.
-Daños eléctricos.
-Colisión de vehículos o caída de aeronaves.
-Ondas sónicas.
-Actos de vandalismo.
Gastos Asegurados:
-Salvamento, demolición y desescombro.
-Extinción de incendios.
-Pérdida de alquileres.
-Desalojo forzoso o inhabitabilidad.
-Reposición de archivos y documentos.
Demás Garantías:
-Valor a nuevo del edificio.
-Revalorización de capitales.
Garantías Opcionales:
Daños Materiales:
-Rotura de lunas, cristales espejos y loza sanitaria.
-Daños por agua con/ sin búsqueda y reparación de la avería.
-Lluvia, viento, pedrisco o nieve.
-Inundación.
-Robo, atraco y hurto.
-Infidelidad de empleados.
-Avería de Maquinaria.
Responsabilidad Civil General:
-Inmobiliaria.
-Por actos de empleados.
-Patronal.
-Junta Rectora.
-Defensa jurídica y fianzas.
Responsabilidad Civil Individual:
-De los copropietarios y/o usuarios.
-Defensa jurídica y fianzas.
-Asistencia Jurídica y Legal.
Otras Garantías:
-Valor a nuevo del edificio.
-Revalorización automática de capitales.
-Cobertura automática sobre el capital asegurado.
-Riesgos extraordinarios.
Publicado por carlos - 05/07/2010 a las 15:18:38

Las garantías y coberturas que incluyen los seguros de comunidades de vecinos son:
i. Básicas, incendios y extensivos
1. Incendio, explosión, caída de rayo
2. Humo, ondas sónicas, vandalismo
3. Daños eléctricos
4. Colisión de vehículos, caída de aeronaves
5. Gastos de extinción de incendios
6. Salvamento, demolición y desescombro
7. Desalojamiento forzoso o inhabitabilidad
8. Pérdida de alquileres
9. Reposición de archivos y documentos
10. Cobertura automática sobre el capital asegurado
ii. Rotura de cristales
1. Cristales y loza sanitaria comunitarios, incluidas claraboyas, tragaluces de poliéster
2. Cristales y loza sanitaria del edificio
iii. Daños por agua
1. Daños agua conducciones generales, por roturas, atascos y escapes
2. Omisión cierre de grifos
3. Filtraciones y Goteras
4. Por instalaciones contra incendios
5. Gastos de fontanería conducciones generales
6. Daños de agua conducciones particulares
7. Gastos de fontanería conducciones particulares
8. Lluvia, viento, pedrisco, nieve e inundación
iv. Robo
1. Robo, atraco
2. Hurto
3. Desperfectos por robo
v. Responsabilidad civil
1. Responsabilidad Civil de la Comunidad
2. R.C. Inmobiliaria, por actos de empleados, de la Junta Rectora y Patronal
3. R.C. Agua
4. R.C. Individual de Copropietario
vi. Asistencia jurídica legal
1. Asesoramiento Telefónico
2. Prestaciones de defensa y reclamaciones jurídicas
3. Reclamación de impago de cuotas de copropietarios
vii. Recomposición estética
1. Daños estéticos
viii. Asistencia 24 horas
1. Prestaciones de reparadores y profesionales de urgencia
ix. Otras garantías
1. Infidelidad de Empleados
2. Avería de Maquinaria
3. Accidentes de Empleados
Fecha de publicacion: julio 5, 2010
Categorias: Comunidades de vecinos, Seguros de comunidades
Tags: Etiquetas: coberturas, Comunidades de vecinos, garantías, póliza, pólizas, protección, seguro, seguros, Seguros de comunidades, seguros de edificios
Publicado por carlos - 02/07/2010 a las 14:46:13

Los seguros de comunidades están muy extendidos debido a que los edificios suelen tener muchos riesgos que finalmente recaen en sus propietarios. Aunque la legislación vigente no obliga a las comunidades de vecinos a contratar un seguro que cubra las accidentes e incidencias que puedan surgir, no obstante es una obligación de responsabilidad el contratarlo, para tranquilidad de todos los propietarios.
Actualmente los seguros de comunidades se pueden contratar a través de un agente de una compañía aseguradora, o con el asesoramiento de un corredor de seguros o también estos seguros se pueden contratar por Internet.
Los seguros de comunidades de propietarios no son seguros baratos, no obstante al calcular la parte proporcional que cada propietario paga anualmente por el seguro de comunidad de vecinos esta puede parecer ridícula, entre 20€ y 50€ al año aproximadamente.
Las principales coberturas de los seguros de comunidades son:
» Daños por incendios, rayos, explosión y efectos secundarios.
» Daños sufridos por elementos climatológicos o vandalismo.
» Gastos de salvamento, demolición, desescombro y extinción.
Fecha de publicacion: julio 2, 2010
Categorias: Comunidades de vecinos, Seguros de comunidades
Tags: Etiquetas: casas, comunidades, Comunidades de vecinos, edificios, seguros, Seguros de comunidades, seguros de comunidades de propietarios, seguros de edificios, seguros de propietarios
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