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Liberty Comunidades II

Resumen de garantías básicas y optativas del producto

A. GARANTÍAS BÁSICAS

A.1. Daños materiales al continente y/o mobiliario comunitario

1. Incendio, explosión y caída del rayo
El límite de indemnización para estas garantías será del 100% del capital asegurado.
2. Actos malintencionados o vandálicos
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
3. Daños eléctricos
Suma asegurada: a primer riesgo 6.000 euros por siniestro.
4. Riesgos derivados de la naturaleza
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
5. Inundación
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
6. Humo
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
7. Impactos
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
8. Detonaciones sónicas
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
9. Derrame o escape accidental de las instalaciones automáticas de extinción de incendios
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
10. Daños a conducciones subterráneas (subsuelo)
El límite de indemnización para esta garantía será del 5% del capital asegurado sobre continente o edificio.
11. Robo, atraco y desperfectos
El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado.
12. Coparticipación
Suma asegurada: capital atribuido como valor del coeficiente de participación que la comunidad asegurada tenga en mancomunidades, asociaciones de vecinos o similares y elementos de propiedad y uso comunitario y como máximo hasta el 100% del capital asegurado.
13. Restauración estética continente y contenido
El límite de indemnización para esta garantía será de 6.000 euros por siniestro y año. Este límite será de aplicación aún cuando derivado de un mismo siniestro queden afectados al mismo tiempo, bienes asegurados por las garantías de continente y contenido.

A.2. Gastos relacionados con daños materiales

1. Gastos de demolición y desescombro
El límite de indemnización para esta garantía será del 5% del capital asegurado.
2. Gastos de extinción de incendios
El límite de indemnización para esta garantía será del 5% del capital asegurado.
3. Desalojamiento forzoso
El límite de indemnización para esta garantía será del 10% del capital asegurado.
4. Gastos de desbarre
El límite de indemnización para esta garantía será del 5% del capital asegurado.
5. Gastos de reconstitución de documentos
Suma asegurada: a primer riesgo 3.000 euros por siniestro.

A.3. Asistencia a la comunidad: 24 horas en caso de siniestro

  • Envío de profesionales.
  • Reparaciones de emergencia en caso de robo.
  • Asesoramiento jurídico en caso de robo.
  • Servicio de vigilancia.
  • Transmisión de mensajes.

Prestaciones adicionales de asistencia

  • Envío de un médico en caso de accidente del empleado de la comunidad.
  • Transporte sanitario en caso de accidente del empleado de la comunidad.

B. GARANTÍAS OPCIONALES

B.1. Pérdida de alquileres
El límite de indemnización para esta garantía será del 10% del capital asegurado.
B.2. Rotura de cristales

  • Opción A: sólo instalaciones comunitarias.
  • Opción B: tanto instalaciones comunitarias como privativas.
  • Opción C: instalaciones comunitarias, privativas y loza sanitaria.

Suma asegurada: hasta el 100% del capital asegurado para continente-edificio aplicándose este límite a cada una de las opciones que figuren como incluidas en las condiciones particulares.
B.3. Daños por agua

  • Opción A: sólo instalaciones comunitarias.
  • Opción B: tanto instalaciones comunitarias como privativas.

En ambas opciones se incluyen los gastos de localización de la avería (5%) y de reparación de la parte averiada (incluido).
Suma asegurada: hasta el 100% del capital asegurado para continente-edificio y mobiliario comunitario, aplicándose este límite a cada una de las opciones que figuren como incluidas en las condiciones particulares, salvo que la misma tenga establecido un límite propio.

B.4. Responsabilidad civil

  • Opción A: derivada de la propiedad, incluyendo la responsabilidad civil entre copropietarios.
  • Opción B: incluyendo responsabilidad civil de daños por agua para las conducciones privativas.

B.5. Avería de maquinaria

En ambas opciones se incluye la RC patronal (el límite máximo de indemnización por reclamación se establece en 90.000 euros), defensa jurídica y fianzas, así como responsabilidad civil de la Junta rectora.

Se garantiza hasta el límite de la suma asegurada establecida en las condiciones particulares, sin que en ningún caso la indemnización pueda superar el 80% del valor real de la máquina. Asimismo, aplica una franquicia en cada siniestro del 10% del importe del siniestro, con mínimo de 90 euros.

B.6. Accidentes individuales
Para las personas que con carácter fijo y vinculación laboral estén al servicio de la comunidad.

  • Muerte por accidente: según condiciones particulares.
  • Invalidez permanente por accidente: según condiciones particulares.
  • Gastos de suplencia por accidente: hasta la cantidad de 2.000 euros por siniestro, durante un máximo de tres meses, a partir del séptimo día.

B.7. Infidelidad de empleados
Se cubre hasta el límite de la suma asegurada establecida en condiciones particulares. Será de aplicación en cada siniestro una franquicia del 20% del importe total del mismo.

B.8. Protección jurídica/reclamación de daños
Se garantizan los intereses de la comunidad respecto a defensa penal, derechos relativos al edificio, reclamaciones por incumplimiento de contratos de arrendamiento de servicios, cuestiones administrativas municipales, contratos laborales, reclamación a propietarios por impago de gastos, etc.

El límite de gastos que se garantizan para la defensa y reclamación, incluidas las fianzas que haya que constituir en procedimientos penales, es de 6.100 euros.

Plazos de carencia

En los derechos relativos a material contractual, el plazo de carencia será de tres meses a contar desde la fecha en que entró en vigor el seguro.

No habrá cobertura si en el momento de formalizar esta póliza, o durante el plazo de carencia, se rescinde por alguna de las partes el contrato origen del litigio o se solicita su resolución, anulación o modificación.

Algunas ventajas del producto

  • Valor a nuevo.
  • Posibilidad de asegurar el mobiliario comunitario.
  • Protección jurídica/reclamación de daños.
  • Amplio capital asegurado en responsabilidad civil.
  • Descuentos por aplicación de franquicias.
  • Revalorización automática de capitales y primas.
  • Coparticipación en mancomunidad o asociación de vecinos.
  • Fraccionamiento del pago.
  • Asistencia a la comunidad.

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